La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público, establece que el Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, dispondrán de un punto general de entrada de facturas electrónicas a través del cual se recibirán todas las facturas electrónicas que correspondan a entidades, entes y organismos vinculados o dependientes.
No obstante lo anterior, las Entidades Locales podrán adherirse a la utilización del punto general de entrada de facturas electrónicas que proporcione su Diputación, Comunidad Autónoma o el Estado.
Para dar cumplimiento a lo señalado con anterioridad el Cabildo ha adoptado las siguientes medidas:
1.- El Cabildo Insular de La Palma, utilizará FACe ( https://face.gob.es), el Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado, para la recepción de este tipo de facturas.
2.- Deberán presentar con carácter obligatorio a través de la plataforma FACe todas sus facturas:
3.-Los códigos del Directorio Común DIR3 necesarios para que los proveedores puedan emitir las correspondientes facturas electrónicas del Cabildo Insular de la Palma y sus Organismos Autónomos son los siguientes: VER PDF ADJUNTO
LA0004086 GE0001794
Dicha información está disponible en la página web: http://www.cabildodelapalma.es
Para cualquier otra duda al respecto, los interesados pueden contactar con el Servicio de Contabilidad del Cabildo.
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