Territorio

El Cabildo Insular de La Palma ejerce las competencias que, en materia de Ordenación del Territorio, le atribuye la legislación vigente, específicamente, las establecidas en la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

Corresponde a Ordenación del Territorio, en el ámbito de sus competencias, prestar los siguientes servicios:
  • La ordenación de los recursos naturales insulares y la planificación de los espacios naturales protegidos y la Red Natura 2000 en los términos de la legislación básica estatal y de la autonómica.
  • La ordenación del territorio y la planificación en el ámbito insular.
  • La planificación de las infraestructuras insulares y el uso de los recursos básicos en el territorio insular, en el marco de lo establecido en la legislación urbanística autonómica, en la legislación básica de régimen local y en la legislación sectorial aplicable.
  • La cooperación con los Ayuntamientos de la isla en el ejercicio de las competencias urbanísticas que les son propias, incluyendo en su caso las encomiendas de gestión para la redacción del planeamiento de otras administraciones.
  • La subrogación en las competencias de planeamiento municipal en los supuestos y con las garantías establecidas en la legislación.
  • La asistencia técnica, de información, el asesoramiento, la realización de estudios, la elaboración de disposiciones, la formación y el apoyo tecnológico.
  • El estudio e informe de la adecuación a los instrumentos de ordenación territorial insular del planeamiento urbanístico y territorial que tramiten otras Administraciones Públicas.
  • La tramitación de Instrumentos de Planificación Singular Turística.
  • La tramitación de Proyectos de Interés Insular.
  • La tramitación de expedientes de Declaración de usos y actos de Interés Público o Social en Suelo Rústico.
  • Gestión del Sistema de Información Geográfica del Cabildo Insular de La Palma.