Archivo

El Archivo del Cabildo Insular de La Palma conserva, organiza y difunde toda la documentación generada por el Cabildo desde su creación hasta nuestros días.

El papel de los archivos públicos se fundamenta en tres principios recogidos en la Constitución de 1978: el principio de eficacia de las Administraciones Públicas (artículo 103.1), el derecho de acceso de las personas a los archivos y registros administrativos (artículo, 105.b) y la conservación del patrimonio documental público (artículo 46). Estos principios se concretan en tres facetas:

  • Gestión de documentos y de información, en organizaciones y administraciones públicas, sirviendo de apoyo a la eficacia de su gestión, pues en ellos se conservan antecedentes necesarios para fundamentar y justificar sus decisiones
  • Protectores de derechos individuales y colectivos, al conservar pruebas válidas para acreditar los derechos.
  • Salvaguarda de la memoria cultural, fuente indispensable para la investigación histórica, facilitando el estudio y la difusión cultural

Estos principios se reflejan y se amplía su contenido en la Ley de Patrimonio Documental y Archivos de Canarias (Ley 3/1990, de 22 de febrero. B.O.C. número 27,1990) que propone la custodia, conservación, inventario, protección y difusión del Patrimonio Documental de Canarias a través del Sistema Canario de Archivos. Este sistema se diseña como un conjunto de órganos y servicios, descentralizados, a través de los cuales tanto la Comunidad Autónoma como cada uno de los Cabildos Insulares tienen capacidad para recoger, conservar y servir la documentación que se produce en su ámbito respectivo.

El Archivo del Cabildo Insular de La Palma cuenta con un Reglamento de Archivo y Gestión Documental, aprobado inicialmente en sesión plenaria y urgente el día 24 de abril de de 2020, publicado en exposición pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, número 66 y definitivamente aprobado al no haberse presentado alegaciones al mismo en el Boletín Oficial de la Provincia, numero 123, de 12 de octubre de 2020. Asimismo cuenta con Cuadro de Organización de Fondos funcional y Cuadro de Organización de Fondo Antiguo, orgánico-funcional.